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Plan de evacuación - Plan de autoprotección

Servicio Nesra:

Decreto autoprotección 82/2010 

Planes de protección civil, 

asociados a alguna actividad, 

centro o instalación concreta.

El Decreto establece:

Nesra, realiza planes de autoprotección - evacuación acreditados por la administración pública.

Se ofrece un servicio de consultaría avanzado y profesional, para realizar un plan adecuado y adaptado a las instalaciones o acto a realizar. 

​Las personas, empresas, entidades y organismos que realicen actividades que puedan generar  un grave riesgo colectivo, así como los centros e instalaciones que pueden resultar afectados de manera especialmente graves por esta situación, están obligados a adoptar las medidas de autoprotección / plan evacuación y mantener los medios personales y materiales necesarios para afrontar medidas de riesgo o emergencia.

Clic para ver o descargar

Acreditación:

Acreditación Técnico Planes Autoprotección Civil

Realización planes de todos los niveles (A - B - C)

- Elaboración Plan Autoprotección / Evacuación según Decreto 82/2010.

- Tramitación de la documentación para homologación.

- Servicio de actualización y revisión de planes.

- Servicio de asesoramiento y coordinación de la implantación.

- Soluciones y medidas adaptadas a la situación de cada caso.

 



Nesra, Valor Añadido:

Presentación Planes en 3d,

            para monitores y videomarcadores.

Responsables 

Plazos

Las personas titulares de las actividades afectadas por el Decreto, tienen la obligación de:

- Garantizar las condiciones de autoprotección  del centro.

​- Comunicar a la administración que esta afectada por el Decreto.

- Presentar Plan de Autoprotección / Evacuación a la administración. 

Actividades y Centros afectados

En el Decreto 82/2010, se detalla el catalogo de actividades y centros con la obligación de realización del plan.

- Instalaciones Existentes: Ya debería estar realizada.

- Nuevas instalaciones: Máximo 3 meses desde inicio actividad.

- Actividades ocasionales: Con la máxima prioridad y antes del acto.

- Instalaciones Existentes: El Plan ya debería estar realizada.

- Nuevas instalaciones: Máximo 6 meses desde inicio actividad.

- Actividades ocasionales: Antes de la realización del acto.

Presentación del Plan:

Comunicación afectación del Decreto:

- Espectáculos, actividades recreativas y centros comerciales.

- Ámbito Ingeniería civil.

- Urbanizaciones y edificios.

- Centros Sanitarios, docentes y geriátricos.

- Ámbito Industrial.



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