NESRA
SE OCUPA DEL RESTO
USTED SOLO PIDA,
Ingeniería e Instalaciones
Mail: info@nesra.es
Tel / Fax: 93 770 15 69
Móvil: 615 05 93 07
Plan de evacuación - Plan de autoprotección
Servicio Nesra:
Decreto autoprotección 82/2010
Planes de protección civil,
asociados a alguna actividad,
centro o instalación concreta.
El Decreto establece:
Nesra, realiza planes de autoprotección - evacuación acreditados por la administración pública.
Se ofrece un servicio de consultaría avanzado y profesional, para realizar un plan adecuado y adaptado a las instalaciones o acto a realizar.
Las personas, empresas, entidades y organismos que realicen actividades que puedan generar un grave riesgo colectivo, así como los centros e instalaciones que pueden resultar afectados de manera especialmente graves por esta situación, están obligados a adoptar las medidas de autoprotección / plan evacuación y mantener los medios personales y materiales necesarios para afrontar medidas de riesgo o emergencia.
Clic para ver o descargar
Acreditación:
Realización planes de todos los niveles (A - B - C)
- Elaboración Plan Autoprotección / Evacuación según Decreto 82/2010.
- Tramitación de la documentación para homologación.
- Servicio de actualización y revisión de planes.
- Servicio de asesoramiento y coordinación de la implantación.
- Soluciones y medidas adaptadas a la situación de cada caso.
Nesra, Valor Añadido:
Presentación Planes en 3d,
para monitores y videomarcadores.
Responsables
Plazos
Las personas titulares de las actividades afectadas por el Decreto, tienen la obligación de:
- Garantizar las condiciones de autoprotección del centro.
- Comunicar a la administración que esta afectada por el Decreto.
- Presentar Plan de Autoprotección / Evacuación a la administración.
Actividades y Centros afectados
En el Decreto 82/2010, se detalla el catalogo de actividades y centros con la obligación de realización del plan.
- Instalaciones Existentes: Ya debería estar realizada.
- Nuevas instalaciones: Máximo 3 meses desde inicio actividad.
- Actividades ocasionales: Con la máxima prioridad y antes del acto.
- Instalaciones Existentes: El Plan ya debería estar realizada.
- Nuevas instalaciones: Máximo 6 meses desde inicio actividad.
- Actividades ocasionales: Antes de la realización del acto.
Presentación del Plan:
Comunicación afectación del Decreto:
- Espectáculos, actividades recreativas y centros comerciales.
- Ámbito Ingeniería civil.
- Urbanizaciones y edificios.
- Centros Sanitarios, docentes y geriátricos.
- Ámbito Industrial.